Naciones Unidas

Los Relatores Especiales y los Grupos de Trabajo de las Naciones Unidas comenzaron a transmitir comunicados y llamamientos urgentes sobre los seguidores de Falun Dafa a las autoridades chinas en el año 2000. Desde entonces, han emitido llamamientos urgentes para docenas de practicantes, transmitido cientos de casos preocupantes al régimen chino, y han establecido opiniones informales sobre la detención arbitraria de practicantes de Falun Dafa. Tras una misión a China en 2005, el Relator Especial sobre la tortura informó de que había pruebas de que los practicantes habían sido torturados hasta la muerte y mantenidos en régimen de aislamiento en campos de trabajo en Shangai y Beijing, respectivamente.


Antecedentes:

A diferencia de muchos puestos de las Naciones Unidas que son ocupados por representantes de los gobiernos, las personas que prestan servicios en estas entidades son expertos independientes, a menudo profesores de derecho internacional, que son nombrados por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (anteriormente la Comisión de Derechos Humanos – CDH). Sus mandatos son definidos por el CDH y su labor incluye recibir denuncias de abusos de las víctimas y de grupos de la sociedad civil, transmitir a los gobiernos las preocupaciones sobre alegaciones fiables, investigar las alegaciones y, para los grupos de trabajo, emitir opiniones formales sobre casos particulares. Durante las reuniones periódicas de la CDH, estos expertos también presentan sus conclusiones al pleno y, en varios casos, han mencionado el abuso de los seguidores de Falun Dafa como una cuestión de especial preocupación, como se menciona en el informe de 2007 de la ponente especial sobre la libertad de religión y creencias, la Sra. Asma Jahangir:

“La Relatora Especial sigue muy preocupada por las continuas violaciones de la libertad de religión o de creencias que sufren los practicantes de Falun Dafa. En sus informes anteriores a la Comisión de Derechos Humanos, mencionó explícitamente a los practicantes de Falun Dafa como blanco de diversas violaciones de los derechos humanos a causa de sus creencias, y condena enérgicamente la continua falta de libertad de creencias de los practicantes de Falun Dafa”.  (A/HRC/4/21/Add.1, Pag 25)

Desde el año 2000, los siguientes expertos de los procedimientos especiales de las Naciones Unidas han planteado los casos de Falun Dafa a las autoridades chinas: Relator Especial (RE) sobre Tortura, RE sobre Ejecuciones Extrajudiciales, RE sobre Libertad de Religión o Creencias, RE sobre Violencia contra la Mujer, RE sobre Independencia de Jueces y Abogados, RE sobre Libertad de Expresión, RE sobre el Derecho a la Salud, el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria y el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones.


Informes y análisis:

A continuación, una pequeña muestra de sus informes y comentarios. Para un recuento más completo de las menciones de los expertos de los Procedimientos Especiales de las Naciones Unidas sobre Falun Dafa, ver:  Lista de Informes de las Naciones Unidas (falunhr.org)

  • Informe del 2008 del RE sobre la tortura – incluye tres llamamientos conjuntos emitidos con otros expertos de los Procedimientos Especiales: dos relativos a personas concretas y uno relativo a la sustracción de órganos (ver extracto)
  • Sr. Cao Dong
  • Sustracción forzada de órganos
  • La Sra. Liang Wenjian y otros
  • 2005 Misión a China del RE sobre la tortura – A finales de noviembre de 2005, el RE y un equipo de expertos llevaron a cabo una misión a China. A continuación se presentan varias de las conclusiones a las que se llegó en los informes publicados tras la visita:
  • La tortura sigue siendo generalizada en China y “muchos de los métodos de tortura que supuestamente se han practicado en las minorías étnicas… disidentes políticos, defensores de los derechos humanos, practicantes de Falun Dafa y miembros de grupos de iglesias locales se han utilizado en China”. (ver extracto)

  • Un gráfico indica que 66% de los presuntos casos de tortura en China tuvieron como víctimas a practicantes de Falun Dafa. (ver extracto)

  • Las practicantes de Falun Dafa detenidas en el campo de trabajo de mujeres de Beijing fueron puestas en aislamiento durante largos períodos de tiempo, mucho más allá de la duración legalmente permitida: “Las detenidas… declararon que las practicantes de Falun Dafa que no habían renunciado a sus creencias después de seis meses de detención fueron colocadas en la sección de Entrenamiento Intensivo hasta que fueran ‘reformadas’. Las practicantes de Falun Dafa anteriormente detenidas en esta instalación mencionaron que se referirían a esta sección como la ‘Sección de Tortura Intensiva'”. (ver extracto)

  • La activista de derechos humanos Mao Hengfeng describió las condiciones en el campo de trabajo para mujeres de Qingpo, en Shanghai, e informó de que había presenciado la tortura hasta la muerte bajo la custodia de la seguidora de Falun Dafa Li Limao: “La Sra. Li Limao, que era practicante de Falun Dafa, murió un mes después del Año Nuevo Chino en 2005, tras ser castigada por desobediencia. Fue colgada de una ventana con las manos atadas a la espalda y con los dedos de los pies tocando el suelo”. (ver extracto)
  • Comunicado conjunto del Relator Especial sobre la violencia contra la mujer y el Relator Especial sobre la libertad de religión o de creencias en relación con la tortura de dos mujeres practicantes de Falun Dafa — incluyendo el aborto espontáneo de una de las víctimas (13 de septiembre de 2005). (ver extracto)
  • 2005 Opinión del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria en la que se determina que la practicante de Falun Dafa, la Sra. Qiu Minghua fue detenida arbitrariamente (Adoptada el 2 de septiembre de 2005) (ver extracto)

    En el caso examinado, el Gobierno no presentó ningún argumento que explicara por qué y cómo la afiliación de la Sra. Qiu a las ideas o principios de Falun Dafa, o su profesión, era o podía haber sido perjudicial para la sociedad en su conjunto, o para otras personas […] A la luz de lo que antecede, el Grupo de Trabajo emite la siguiente opinión: La privación de libertad de la Sra. Qiu Minghua es arbitraria, ya que contraviene lo dispuesto en los artículos 9 y 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos […] Por consiguiente, el Grupo de Trabajo pide al Gobierno que adopte las medidas necesarias para remediar la situación de la Sra. Qiu”.
  • Informe del Relator Especial sobre Ejecuciones Extrajudiciales para el 60º período de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (22 de diciembre de 2003), en el que se enumeran 23 casos presentados al régimen chino y se afirma:

    El Relator Especial sigue alarmado por las muertes de personas detenidas en China. Los informes describen escenas desgarradoras en las que los detenidos, muchos de los cuales son seguidores del movimiento Falun Dafa, mueren como resultado de graves malos tratos, negligencia o atención médica. La crueldad y la brutalidad de estos supuestos actos de tortura desafían toda descripción”. (ver extracto)